“A través del Decreto Nº 1264/2014, el Poder Ejecutivo estableció que a partir del cuarto domingo del mes de marzo de cada año, se atrase en sesenta (60) minutos la hora oficial, y que el primer domingo del mes de octubre de cada año, se adelante en sesenta (60) minutos en todo el territorio de la República del Paraguay”, informó la Asesoría Jurídica de la Presidencia de la República.El documento expresa asimismo que en “este contexto, debe señalarse que conforme al informe técnico de la Administración Nacional de Electricidad (Ande), es conveniente minimizar la superposición del horario de incremento del consumo residencial de energía eléctrica con la permanencia del consumo comercial, porque ello aumenta los requerimientos adicionales de transmisión y distribución de la energía eléctrica”.De esta forma, y teniendo en cuenta que Paraguay tiene actualmente una hora menos que Argentina, a partir del próximo mes se equipararán los horarios a uno y otro lado del río Paraná.
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